Se informa a todos los contribuyentes poseedores de Patentes de Alcohol que, a sido publicado con fecha 08/05/2012 en el Diario Oficial, lo que sigue:
Santiago, 27 de abril de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.513 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1º.- Que el artículo 40 de la Ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, establece que todo establecimiento en que se expendan bebidas alcohólicas deberá exhibir, en lugar destacado y claramente visible al público, un cartel en el cual se indiquen, de manera didáctica, las prohibiciones a que se refieren los artículos 2º, 25, 26, 29, 41 y 42 de la mencionada ley, y el artículo 115 A de la ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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4º.- Que la ley Nº 20.580 modificó la ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol, lo que implicó modificar los artículos que dicen relación con el contenido del antiguo artículo 115 A, al que se hace mención en el artículo 40 de la ley Nº 19.925.
5º.- Que, en virtud de lo señalado precedentemente, se hace necesario fijar un nuevo texto y formato para el cartel referido en los Considerandos anteriores.
Los nuevos carteles podrán ser adquiridos a contar del 11/06/2012, directamente en el Departamento de Rentas Municipales, ubicado en Av. Pajaritos N° 2077, 2° piso norte, y el valor es de 0,05 UTM. ($1.984.- durante junio).